La publicidad exterior visual en Bogotá está regulada por diversas normas, que buscan equilibrar la libertad de expresión comercial con la estética urbana y la preservación del medio ambiente. Obtener el permiso para publicidad exterior es crucial para evitar sanciones y asegurar el cumplimiento de la ley. Este artículo te guiará a través de los requisitos, trámites y consideraciones legales para la instalación de publicidad exterior en la capital colombiana.
Qué requiere permiso de publicidad exterior
Prácticamente cualquier forma de publicidad exterior visible desde la vía pública requiere un permiso. Esto incluye, pero no se limita a:
- Vallas publicitarias : Grandes estructuras que soportan anuncios.
- Avisos en fachadas : Anuncios colocados en los edificios.
- Avisos separados de fachadas : Anuncios independientes en estructuras metálicas.
- Globos anclados o elementos inflables (temporales, máximo 72 horas).
- Publicidad en mobiliario urbano : Anuncios en paraderos, etc.
- Murales artísticos : Aunque con fines estéticos, suelen requerir permisos.
- Publicidad en vehículos : Anuncios en buses, taxis, etc.
- Pantallas publicitarias : Pantallas electrónicas que muestran anuncios.
El tamaño y la ubicación de la publicidad influyen en los requisitos específicos. El Acuerdo 927 de 2024, modificando el Decreto Distrital 959 de 2000, establece que solo se requiere registro para elementos con una dimensión igual o superior a ocho (8) metros cuadrados.
Qué es la Ley de Publicidad Exterior
La legislación que regula la publicidad exterior en Colombia se basa en la Ley 140 de 1994 a nivel nacional, complementada por normas locales como el Decreto 959 de 2000 para Bogotá. Estas leyes definen los tipos de publicidad permitidos, las restricciones de ubicación, los tamaños máximos, y los procedimientos para obtener los permisos necesarios. Es fundamental consultar la legislación vigente para conocer los detalles específicos.
En el contexto electoral (como en 2023), se añaden regulaciones específicas, como la Resolución 00707 de 2023 de la Secretaría de Ambiente de Bogotá, que establece las normas para la publicidad de campañas políticas.
Qué es el Registro de Publicidad Exterior
El registro de publicidad exterior visual es un trámite esencial para legalizar la instalación y operación de cualquier tipo de publicidad exterior en Bogotá. Este registro lo gestiona la Secretaría Distrital de Ambiente y verifica el cumplimiento de las normas vigentes. Sin este registro, la publicidad se considera ilegal y está sujeta a sanciones.
El proceso de registro implica la presentación de una solicitud con los documentos y requisitos específicos para cada tipo de publicidad. El incumplimiento de las obligaciones adquiridas durante el proceso, o cualquier infracción a la normativa, dará lugar a la aplicación de las sanciones previstas en la Ley 1333 de 2009.
Tipos de Publicidad Exterior y sus Requisitos
A continuación, se detalla la información de los diferentes tipos de publicidad exterior, según la clasificación de la Secretaría Distrital de Ambiente de Bogotá:
Avisos:
Son elementos publicitarios con logos y letras, visibles desde la vía pública y adosados a fachadas. No incluyen elementos decorativos o señalización de horarios. Los requisitos específicos se encuentran en PEV Avisos Divisibles y PEV- Avisos en fachada.
Avisos Separados de Fachadas:
Anuncios montados sobre estructuras independientes. La altura máxima permitida es de 15 metros, y la superficie no puede superar los 15 metros cuadrados. Consulta PEV- Aviso separado de fachada para más información.
Globo Anclado, Elemento Inflable:
Publicidad temporal (máximo 72 horas), ubicada en lotes y edificaciones privadas, nunca en vías públicas. Los requisitos son similares a los de las vallas. Consulta PEV- Globo Anclado o Elemento Inflable.
Mobiliario Urbano:
Anuncios en elementos del mobiliario urbano. Los requisitos se encuentran en PEV-Mobiliario Urbano.
Murales Artísticos:
Pinturas con motivos artísticos en muros de edificios. Consulta PEV Mural Artístico para los requisitos.
Valla:
Anuncios en estructuras fijas. Existen diferentes tipos de vallas (comerciales, de obra), cada una con sus propios requisitos. Consulta PEV- Valla Comercial Tubular, PEV- Valla de Obra Comercial y PEV-Vehículos de transporte de productos o presten servicios para más información.
Vehículos de Transporte Público:
Anuncios en buses, taxis, etc. Los requisitos deben cumplir con las normas de tránsito. Consulta PEV Vehículos de Transporte Público.
Vehículo de Transporte de Productos o que Presten Servicios:
Anuncios en vehículos comerciales. Consulta PEV-Vehículos de transporte de productos o presten servicios para más detalles.
Trámites para Obtener el Permiso
Para obtener el permiso para publicidad exterior, se debe:
- Recopilar la documentación necesaria, que varía según el tipo de publicidad.
- Diligenciar el formulario de solicitud.
- Radicar la documentación en los puntos de atención de la Secretaría Distrital de Ambiente (CADE) o por correo electrónico a [email protected].
Tener en cuenta que en los puntos de atención de la RedCADE se atenderá un máximo de 3 solicitudes por turno.
Consultas Habituales
| Pregunta | Respuesta |
|---|---|
| ¿Cuánto cuesta el permiso? | El costo varía según el tipo y tamaño de la publicidad. |
| ¿Cuánto tiempo tarda el proceso? | El tiempo de procesamiento depende de la complejidad del trámite. |
| ¿Qué pasa si no tengo el permiso? | Se aplicarán sanciones según la Ley 1333 de 200 |
| ¿Dónde puedo encontrar más información? | En la página web de la Secretaría Distrital de Ambiente de Bogotá. |
Conclusión
Obtener el permiso para publicidad exterior en Bogotá es un proceso fundamental para el cumplimiento legal y la adecuada gestión de la publicidad exterior. Conocer las normas, los requisitos y los procedimientos es esencial para evitar problemas legales y sanciones. La información proporcionada en este artículo sirve como tutorial, pero se recomienda consultar directamente la página web de la Secretaría Distrital de Ambiente de Bogotá para obtener la información más actualizada y precisa.
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